El nuevo CTE, en su Documento Básico de Salubridad (DB-HS), establece reglas y procedimientos para cumplir con unas exigencias
básicas de higiene, salud y protección del medioambiente. En el apartado HS 3, establece unos requisitos mínimos de
ventilación que deben tener las viviendas para garantizar la calidad del aire interior.
Las instalaciones de ventilación deben asegurar la entrada de aire limpio de manera eficiente,
sin provocar corrientes molestas pero con un flujo mínimo regular y controlable para reducir al máximo
las pérdidas térmicas, garantizando un aislamiento acústico al ruido exterior mínimo cumpliendo con el apartado de
protecció,n frente al ruido (DB-HR). Conjuntamente deben cuidarse los caudales de paso y extracción para un funcionamiento óptimo
del sistema. |
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Aunque no es obligatorio es bastante lógico asociar las aberturas de amisión exigidas en el CTE a las ventanas. En las ventanas
deberán por tanto colocarse dispositivos adecuados tanto en caudales de aire, como en aislamiento al ruido, como en comodidad de uso. Deben estar siempre
a más de 180cm. del suelo, para evitar corrientes, y equipar filtros.
CARINBISA dispone de aireadores para colocar en el cabecero de los marcos, o en el cajón de la persiana, con elevadas presetaciones y que
ayudan a cumplir perfectamente los requisitos exigidos en el CTE.
Para profundizar más en el tema
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